Gobierno establece directrices para jubilar a empleados públicos en Paraguay
29 de abril de 2026 a la – 21:54
Empleados públicos serán integrados al Sistema de Jubilaciones y Pensiones desde el segundo semestre de 2026
El Poder Ejecutivo ha promulgado un decreto que establece las pautas para la inclusión de empleados públicos contratados en el Sistema de Jubilaciones y Pensiones del Sector Público, que será administrado por el Ministerio de Economía y Finanzas. La implementación comenzará en el segundo semestre del año en curso.
De acuerdo con el artículo 84 de la Ley N° 7445/2025, se especifica que tanto la entidad contratante como el empleado deberán realizar aportes al régimen de seguridad social correspondiente durante la vigencia de su contrato. En caso de que el empleado asuma el rol de funcionario público mediante un concurso o tramite de elección, su antigüedad se mantendrá desde el primer aporte realizado.
Asimismo, el decreto estipula que todos los empleados públicos estarán obligados a contribuir al Sistema de Jubilaciones y Pensiones, conforme lo determinado en la Ley N° 7445/2025. Esto será fundamental para asegurar su futuro económico una vez concluido su servicio activo.
Para facilitar este proceso, la incorporación de estos trabajadores al sistema jubilatorio se hará efectiva a partir del segundo semestre de este ejercicio fiscal. Los empleados deberán gestionar la baja del Impuesto de Valor Agregado (IVA) en el Sistema Marangatu, según sea necesario, ante la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT).
El decreto aclara que quedarán fuera del ámbito de aplicación aquellas contrataciones que correspondan a productos, servicios de consultoría o profesionales independientes, quienes no mantengan relación de dependencia con el Estado.
El Ministerio de Economía y Finanzas también estará encargado de regular los procesos técnicos y contables necesarios para garantizar una integración efectiva de los empleados al sistema. Asimismo, se podrán hacer ajustes en los sistemas administrativos existentes para facilitar esta inclusión.
Derogación de disposiciones previas
El nuevo decreto deroga el artículo 9° del Decreto N° 4777/2025, que establecía lineamientos sobre la gradualidad de la aplicación del régimen de seguro social para empleados públicos. Este artículo preveía que la inclusión en el régimen de seguro social sería efectiva a partir de enero de 2028, lo cual ahora ha sido modificado por la nueva normativa.
Con esta medida, se busca fortalecer la seguridad social de los empleados del Estado, brindando beneficios a quienes se encuentran en una situación laboral estable y garantizando una jubilación digna al momento de su retiro.