La causa judicial contra Fernando Ramón González Karjallo, hijo del expresidente de la Asociación Paraguaya de Fútbol, Ramón González Daher, se ha iniciado debido a la supuesta apropiación y usurpación de funciones públicas tras alquilar un inmueble que había sido objeto de comiso por la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico).
González Karjallo ya había sido condenado a cinco años de prisión por lavado de activos, en un juicio que también implicó a su padre, quien recibió una pena de 15 años por usura, lavado de dinero y denuncia falsa. La sentencia, emitida el 17 de diciembre de 2021, incluyó el comiso de bienes por un total de aproximadamente 47 millones de dólares.
El 1 de mayo de 2024, González Karjallo firmó un contrato de alquiler con Katherine Lorena Rodríguez para un inmueble que se encuentra bajo comiso, según un fallo del 22 de mayo de 2023. A pesar de la prohibición de innovar y contratar sobre la propiedad, el alquiler fue efectivo, lo que motivó la imputación.
El Código Penal establece que la usurpación de funciones públicas puede conllevar hasta tres años de prisión, mientras que la apropiación puede ser castigada con hasta cinco años. En abril de 2025, el fiscal Aldo Cantero solicitó la homologación de un acuerdo conciliatorio entre González Karjallo y la Senabico, buscando la extinción de la acción penal.
Sin embargo, el caso fue elevado a la Fiscalía Adjunta, que recomendó diligencias adicionales antes de finalizar la investigación. Entre ellas, se solicita información sobre la inscripción del inmueble y la presentación del contrato de alquiler original.
En una reciente audiencia, la defensa de González Karjallo propuso un incidente de extinción de la acción penal, argumentando que se había realizado una reparación integral del daño. El abogado de la Senabico confirmó que el estado paraguayo había recuperado los frutos del alquiler, por lo que no tenían reclamaciones pendientes.
El juez del caso, Raúl Florentín Cueto, subrayó que si bien existe un acuerdo entre las partes que puede permitir la extinción de la acción penal, tanto la Fiscalía como la defensa no han fundamentado adecuadamente el pedido de una pena mínima. El magistrado insistió en que es necesario examinar las pruebas y las circunstancias del caso antes de tomar una decisión final.
