A partir del 1 de septiembre de 2026, la Dirección Nacional de Ingresos Tributarios (DNIT) implementará una nueva tasa de interés del 1,4% mensual para las facilidades de pago de obligaciones tributarias. Esta medida busca equilibrar la regularización de deudas con la gestión de los recursos fiscales.
El decreto N° 6478/2026, emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas, establece esta tasa, que representa una reducción respecto a la anterior del 1,5% mensual. La actualización pretende adecuar las condiciones de pago a la situación económica actual.
Los contribuyentes que tengan deudas tributarias podrán acceder a planes de pago con esta nueva tasa sobre el saldo financiado, facilitando así el cumplimiento de sus obligaciones a través de cuotas autorizadas por la administración tributaria.
La normativa también estipula que la tasa para facilidades de pago debe ser inferior al recargo por mora tributaria, conforme a la Ley N° 125/1991. El decreto aclara que el recargo vigente es del 1,5% mensual, lo que asegura que la nueva tasa se mantenga dentro de los márgenes legales establecidos.
El Ejecutivo argumenta que esta modificación responde a la necesidad de ajustar la tasa de interés a las condiciones económicas actuales y busca un equilibrio entre los mecanismos de regularización de deudas y la gestión de los recursos fiscales.
La DNIT había solicitado este cambio tras la elaboración de informes técnicos y jurídicos que respaldan la necesidad de actualizar el costo financiero de los convenios de pago.
El decreto N° 6478/2026 deroga el anterior Decreto N° 5028/2021 a partir de su entrada en vigencia, marcando un nuevo enfoque en la política de facilidades de pago tributarias.
