El senador colorado Colym Soroka ha presentado un proyecto de ley que busca establecer nuevas condiciones para el cobro de regalías biotecnológicas agrícolas y modificar la ley Nº 1.630/00 sobre patentes de invención. La iniciativa pretende eliminar los cobros por patentes vencidas y limitar la extensión artificial de las mismas, argumentando que las tecnologías biotecnológicas no son fácilmente detectables y dependen de análisis de laboratorio, actualmente controlados por empresas multinacionales.
El proyecto fue sometido a revisión por la Comisión de Industria y Comercio, presidida por Luis Pettengil, quien consultó a la Dirección Nacional de Propiedad Intelectual (Dinapi). El informe de la Dinapi resultó desfavorable, señalando que aunque busca mayor transparencia en las relaciones entre titulares de patentes y productores agrícolas, presenta serias deficiencias técnicas y errores de técnica legislativa.
El informe destaca incompatibilidades con la normativa interna y tratados internacionales ratificados por Paraguay, como el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual (ADPIC) y el Convenio de París. Entre los puntos cuestionados, la Dinapi indica que la modificación del artículo 291 de la ley de patentes podría regular de manera inapropiada la duración del derecho de patente, algo relacionado con la naturaleza comercial.
Asimismo, el proyecto condiciona el cobro de regalías a que la tecnología mantenga un 85% de resistencia biológica, lo que la Dinapi considera arbitrario, ya que la memoria descriptiva de una patente no determina su validez. La institución también aclara que la pérdida de eficacia de una tecnología no justifica su extinción legal, contraviniendo la legislación vigente.
El proyecto también prevé asignar a la Dinapi funciones de control agronómico y fiscalización de cobros, algo que la entidad rechaza, argumentando que su ley de creación no le otorga tales competencias. Además, se critica que el proyecto imponga al titular de la patente la carga de probar la validez de su derecho, en contradicción con el artículo 76 de la ley de patentes y el artículo 34 del ADPIC.
El artículo 2 del proyecto, que requiere la afectación obligatoria del 2% de las regalías para fines públicos, también ha generado preocupaciones jurídicas, al imponer una carga sobre los ingresos de propiedad intelectual que podría afectar derechos constitucionales y contravenir normas internacionales.
Finalmente, la Dinapi advierte que la prohibición de establecer mecanismos contractuales de verificación en cultivos restringe la autonomía de la voluntad y la libertad contractual, lo que podría afectar los derechos conferidos por la patente. La institución concluye que, si se aprueba el proyecto tal como está, podrían surgir situaciones de inseguridad jurídica y conflictos con compromisos internacionales asumidos por Paraguay.
