El abogado Felino Amarilla informó que la fiscal Ruth Benítez solicitó la desestimación de un caso relacionado con el presidente de Itti, César Astigarraga, menos de una semana después de la audiencia preliminar en la que este declaró ante el Ministerio Público. Amarilla criticó el «cuestionable nivel de condescendencia» de la audiencia y destacó que el mismo día la Fiscalía recibió un informe del comisario Diosnel Alarcón, quien mencionó la falta de trazabilidad en los bloqueos del controlador de licencia entregado por Itti.
Según Amarilla, se priorizó una opinión policial sobre una pericia del propio Ministerio Público, a pesar de que el Banco Atlas presentó todas las pruebas necesarias, incluida una respaldada en un instrumento público. En el peritaje técnico, se analizaron tres muestras del software involucrado: dos coincidieron con la denuncia del Banco Atlas, mientras que la tercera, proporcionada por Itti, resultó diferente.
Amarilla subrayó que este hallazgo no motivó una profundización en la investigación, y en cambio, la fiscal Benítez decidió pedir el archivo de la causa, alegando la inexistencia del hecho y una supuesta imposibilidad técnica para acreditar coincidencias con las evidencias entregadas por Itti. El abogado consideró esta decisión como un «completo despropósito», argumentando que se desestimó un trabajo científico en favor de una opinión subjetiva.
La Fiscalía argumentó que no hubo acceso remoto no autorizado por parte de Itti, afirmando que el controlador fue instalado por su personal. Amarilla aclaró que nunca se alegó acceso remoto, sino la provisión de un archivo intrusivo destinado a paralizar el sistema bancario en un momento crítico. En relación al sabotaje, la fiscalía indicó que no hubo afectaciones en el sistema, pero el abogado recordó que la denuncia se refería a un intento de sabotaje, no a un sabotaje consumado.
Amarilla también criticó a la fiscal Benítez por confundir los delitos de acción penal privada y pública, lo que llevó a la conclusión errónea de que el plazo para accionar había caducado. Además, respecto a la figura de extorsión, la fiscalía argumentó que la amenaza de ejercer un derecho contractual no constituye un mal relevante, a lo que el Banco Atlas respondió que esto ignoraba la presión que enfrentaba la entidad en ese momento.
Finalmente, Amarilla solicitó al Juzgado de Garantías que aplique el trámite de oposición, conforme al Artículo 314 del Código Procesal Penal, para revisar las actuaciones y permitir la prosecución penal del caso.
