Tribunal rechaza pedido de jueza acusada en caso mafia de pagaré para salir del país
El Tribunal de Sentencia especializado en Delitos Económicos, integrado por Adriana Planás, Matías Garcete y Sonia Sáncez, rechazó la autorización solicitada por la exjueza de paz de La Catedral, Segundo Turno, Nathalia Garcete, acusada en el caso mafia de pagarés, para viajar al Brasil por cuestiones médicas.
El colegiado puntualizó que la procesada no ha aportado los elementos mínimos de certeza, “pues no ha precisado una fecha cierta de atención, ni ha individualizado al profesional médico responsable y/o lugar específico de la interconsulta invocada”. Garcete, junto a otros procesados, afrontará juicio oral y público.
La exmagistrada Nathalia Guadalupe Garcete Aquino, por derecho propio y bajo patrocinio del Abg. José Osorio Alcaraz, solicitó autorización judicial para salir del país a fin de realizar una interconsulta médica en Brasil, a partir del 7 de abril de 2026, por el término de cinco a ocho días, adjuntando constancia de certificado médico y los estudios médicos realizados en nuestro país.
Los fiscales Belinda Bobadilla, Leonardi Guerrero y Jorge Arce, manifestaron en su contestación que tratándose de temas relativos a la salud, no se opondrían a la salida del país peticionada, toda vez que la misma acredite el agendamiento de las consultas y la locación identificación del centro médico al cual acudiría, pues es bien sabido que este tipo de consultas es con agendamiento previo.
En ese sentido, advirtieron que una autorización de esta naturaleza “no constituye un mero formalismo que debe efectuar cada vez que pretende viajar, dado que la prohibición de salida del país constituye una medida cautelar restrictiva al libre tránsito que busca asegurar que la persona permanezca en el país mientras dura su proceso”, por lo tanto, adelantaron su allanamiento condicionando a que la acusada demuestre el agendamiento.
Al respecto, el colegiado de Sentencia, arguyó que la procesada no ha aportado los elementos mínimos de certeza, pues no ha precisado una fecha cierta de atención, ni ha individualizado al profesional médico responsable y/o lugar específico de la interconsulta invocada.
Si bien manifiestan que no se discute la realidad fáctica de salud de la misma, “la interacción médica a nivel internacional para promover el levantamiento de la prohibición de salir del país, implica un debate que ingresa a ser ponderado, y tal déficit impide a este Colegiado ejercer un control jurisdiccional ‘razonable’ sobre la necesidad, seriedad y alcance temporal de la salida del país solicitada”.
El colegiado concluyó que la acusada no ofreció una fundamentación necesaria “para salvaguardar la esencia resolutiva de la decisión concreta”, rechazando finalmente su pretensión, básicamente por no certificar el lugar preciso y/o el centro asistencial donde acudiría.