Productores advertidos sobre inclusión unilateral del reglamento 1115 en contratos.

La Coordinadora Agrícola del Paraguay (CAP) ha advertido a los productores sobre la incorporación “unilateral” de las exigencias del reglamento 1115, o ley “antideforestación” de la Unión Europea (UE), en los contratos de compra y venta de soja para la próxima zafra. Considera inapropiado aplicar una normativa extranjera en los acuerdos comerciales establecidos en Paraguay.
Recordó que el reglamento europeo es voluntario y debe aplicarse solo a quienes deseen comerciar con dicho bloque. En consecuencia, argumentó que no es correcto aplicar una ley extranjera en los contratos de venta firmados en el país.
Solicitan mayor precaución
“Ante cualquier incertidumbre sobre los compromisos que asumirán en los contratos, consulten, busquen asesoramiento y aclaraciones”, añade el gremio, enfatizando que sus asesores y dirigentes están disponibles para responder cualquier inquietud que puedan tener los productores.
Otros grupos del sector productivo, como la Federación de Cooperativas de Producción (Fecoprod), también han expresado su preocupación por la inclusión “unilateral” de las exigencias del reglamento 1115 o ley “antideforestación” de la Unión Europea en contratos de compra y venta de soja, a pesar de que la normativa es de carácter voluntario.