Incan: ¿Cómo superaron medicamentos por G. 5.497 millones?

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Hasta agosto de 2023, el análisis incluyó el mandato de Mario Abdo Benítez, con Julio Borba como ministro de Salud. Desde el 15 de agosto de ese año, ya se extiende al gobierno de Santiago Peña y su ministra de Salud, María Teresa Barán.

De 45 observaciones, las más graves se refieren a la importante provisión de medicamentos a servicios de salud privados y al Instituto de Previsión Social (IPS) sin exigir devolución o reposición. Además, se mencionan el vencimiento de medicamentos en los depósitos del Incan.

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Estos son los medicamentos adquiridos de urgencia que finalizaron su vigencia

A continuación, el informe presenta un cuadro que detalla los 37 ítems encontrados vencidos. Incluye, por ejemplo, diez cajas de Sotorasibe 120 mg, comprimidos, compradas por orden judicial. Vencieron en mayo de 2024 y costaron G. 1.368.984.000.

Lista de medicamentos vencidos, hallados en el Parque Sanitario del Incan y comprados de emergencia.

El vencimiento de medicinas revela serias deficiencias, comenta la CGR

Los medicamentos expiraron entre 2022 y 2024, excepto en dos casos: 2 frascos de Ramucirumab 500mg donados, que caducaron en noviembre de 2020, y diez cajas de Nilotinib 150mg comprimidos, adquiridos por G. 242 millones, que vencieron en noviembre de 2019, correspondientes a compras de emergencia de 2020 y 2022.

Todas estas medicinas vencidas fueron compradas en coherencia con órdenes judiciales (amparos), contrataciones por excepción y, en menor grado, donaciones.

“La aparición de medicamentos oncológicos vencidos evidencia deficiencias sustanciales en la gestión del ciclo logístico, específicamente en: la planificación y el seguimiento de los medicamentos comprados bajo amparos judiciales; la ausencia de mecanismos efectivos de redireccionamiento anticipado y la falta de procedimientos operativos aprobados para prevenir vencimientos”, concluye la CGR en el punto 42.

La respuesta del Incan a la Contraloría General de la República

Las alarmas de la Contraloría

Estas son las 45 observaciones realizadas por la Contraloría General de la República al Incan y al Ministerio de Salud tras la auditoría:

Observación 1: El Incan y el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPBS) carecían del “Registro Nacional de Personas con Cáncer, en los años 2022, 2023 y hasta el 10/11/24”, que permitiría un sistema de información, seguimiento y evaluación.

Observación 2: El MSPBS no promovió la creación e implementación de la “Comisión Nacional Asesora para la Atención Integral del Cáncer”.

Observación 3: El Incan no desarrolló el Manual de Organización y Funciones, ignorando lo establecido en la Resolución 157/03.

Observación 4: El Incan carecía del certificado de registro y habilitación para ofrecer servicios emitido por la Dirección de Establecimientos de Salud Afines y Tecnología Sanitaria durante los ejercicios fiscales 2022 y 2023, teniendo habilitación provisoria desde el 16/09/24.

Observación 5: El Procedimiento para la entrega de medicamentos oncológicos utilizado en el Incan no contaba con acto administrativo de aprobación del Ministerio de Salud.

Observación 6: La dirección del Incan autorizó la provisión de medicamentos oncológicos a instituciones de salud privadas, sin resolución del Ministerio de Salud que le otorgara esa facultad. En esa situación se entregaron medicamentos al Centro Médico Oncológico Nuestra Sra. de la Asunción, por G. 1.763.186.510.

Observación 7: El Incan entregó medicamentos oncológicos por G. 4.978.466.078 a pacientes del IPS sin exigir devolución o reposición.

Observación 8: El Ministerio de Salud no solicitó la devolución y/o reposición de medicamentos oncológicos y otros al IPS por G. 7.497.090.785, distribuidos por sus Parques Sanitarios MRA 1 y 3, bajo el Convenio de Cooperación Interinstitucional.

Observación 9: El Ministerio de Salud no actualizó el Convenio de Cooperación Interinstitucional con el IPS, para la provisión mutua de medicamentos y dispositivos médicos, durante el ejercicio fiscal 2024.

Observación 10: El Ministerio de Salud no estableció normas y procedimientos de coordinación con el IPS, para supervisar el correcto cumplimiento de las actividades en el marco del Convenio de Cooperación Interinstitucional.

Observación 11: En el Incan se compraron medicamentos e insumos de baja rotación, próximos a vencer, por G. 2.956.449.638.

Observación 12: El Incan transfirió medicamentos oncológicos a establecimientos de salud pública por G. 36.536.458.793, sin haber creado la Red Nacional de Atención a las Personas con Cáncer.

Observación 13: El Incan recibió medicamentos oncológicos asignados al OG 352 “Productos Farmacéuticos y Medicinales”, con vencimientos inferiores a lo estipulado en los PBC, adquiridos a través de Licitación Pública Nacional, por G. 10.284.399.992, sin que se evidencien las autorizaciones de recepción ni las cartas de compromiso de canje.

Observación 14: No existieron registros consolidados de informes de recepción y distribución de medicamentos oncológicos comprados por el OG 352 “Productos Farmacéuticos y Medicinales”, generados por el SICIAP.

Observación 15: Medicamentos oncológicos adquiridos por G. 338.000.000, imputados en el OG 352 “Productos Farmacéuticos y Medicinales”, fueron recibidos en el Incan 24 días antes de su vencimiento.

Observación 16: El legajo de pago relacionado con la adquisición de medicamentos oncológicos por G. 1.896.620.000 a través del OG 352 “Productos Farmacéuticos y Medicinales”, carecía de notas de remisión del proveedor.

Observación 17: Deficiencias en los procesos de Programación y Gestión de recursos presupuestarios del Incan en el Objeto del Gasto 915 – Gastos Judiciales.

Observación 18: Retraso notable en los controles, verificación documental y trámites administrativos, de expedientes de deudas con proveedores de medicamentos e insumos del OG 915, por la llegada de sus productos entre 2022 y 2024.

Observación 19: Obligaciones de pago no registradas por G. 209.748.128.668, correspondientes a deudas acumuladas con proveedores, por medicamentos e insumos adquiridos bajo Resoluciones Judiciales – Amparos, en los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024.

Observación 20: No se llevó a cabo el registro presupuestario ni del compromiso financiero asumido al cierre del ejercicio fiscal en que se generaron las obligaciones de pago con proveedores de medicamentos e insumos por G. 7.946.199.524, adquiridos en virtud de Resoluciones Judiciales – Amparos, siendo registrados directamente como obligación y pago en ejercicios fiscales posteriores.

Observación 21: No se reportó ni documentó la existencia de obligaciones de pago con proveedores de medicamentos e insumos, no registradas al cierre de los ejercicios fiscales auditados.

Observación 22: El Ministerio de Salud contabilizó los compromisos financieros por deudas contraídas con proveedores de medicamentos e insumos del OG 915 – Gastos Judiciales, sin contar previamente con el dictamen de la Dirección General de Auditoría Interna Institucional.

Observación 23: El Ministerio de Salud no diseñó planes y cronogramas de pago ni definió criterios para establecer en qué orden y porcentaje se realizarían los pagos para cumplir con las obligaciones contraídas con proveedores de medicamentos e insumos del OG 915.

Observación 24: Se emitieron autorizaciones de pagos, mediante resoluciones de la Dirección General de Administración y Finanzas, sin contar previamente con los Certificados de Disponibilidad Presupuestaria, ni consignar en las resoluciones la línea presupuestaria y fuente de financiamiento para la realización de los pagos.

Observación 25: Incumplimiento de funciones y responsabilidades en relación a tareas de certificación y control de las operaciones vinculadas al OG 915 – Gastos Judiciales.

Observación 26: La Dirección General de Insumos Estratégicos en Salud (DGGIES) no comunicó a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud sobre el cumplimiento efectivo de la orden judicial, respecto al suministro de medicamentos y/o insumos a pacientes, por un total de G. 119.528.587.903.

Observación 27: La Dirección General de Asuntos Jurídicos del MSPBS no notificó al Juzgado correspondiente sobre el cumplimiento efectivo de la Orden Judicial, en todos los casos emitidos.

Observación 28: Falta de sanciones a proveedores de medicamentos e insumos del OG 915 – Gastos Judiciales, por incumplimiento del plazo de entrega.

Observación 29: El Ministerio de Salud adquirió medicamentos destinados a tratamientos de patologías distintas al cáncer, con presupuesto del Incan, implicando al OG 915 – Gastos Judiciales, por G. 7.724.400.000.

Observación 30: Ausencia de gestión para establecer mecanismos de cooperación con otras entidades, mediante acuerdos o convenios, para fortalecer el control y la prevención de entregas inadecuadas de medicamentos.

Observación 31: Falta de procedimientos formales que aseguren al Incan el control en la entrega y administración de medicamentos oncológicos de uso compasivo adquiridos bajo amparos judiciales.

Observación 32: El Incan adquirió, mediante amparos judiciales, medicamentos oncológicos bajo la modalidad de uso compasivo, que no contaban con autorización de Dinavisa, durante los ejercicios fiscales 2022, 2023 y 2024.

Observación 33: Tiempo excesivo entre la adquisición y la distribución de medicamentos oncológicos adquiridos mediante Resoluciones Judiciales (Amparos), desde el Parque Sanitario del Incan hasta la farmacia.

Observación 34: Incumplimiento del tiempo establecido para la primera entrega de medicamentos oncológicos comprados bajo el OG 915- Gastos Judiciales, en cumplimiento de Resoluciones Judiciales (Amparos), por G. 181.324.800, sin que se aplicaran sanciones por parte del Ministerio de Salud.

Observación 35: Medicamentos oncológicos comprados bajo el OG 915 – Gastos Judiciales, con vencimiento menor a 12 meses, fueron recibidos sin la presentación previa de la Carta de Compromiso de Canje en algunos casos, y en otros se presentaron, pero no se realizó el canje, por G. 1.704.102.008.

Observación 36: El Ministerio de Salud no gestionó la suspensión de la compra de un medicamento adquirido por G. 1.368.984.000 tras la muerte del paciente beneficiario, cuya adquisición fue dispuesta por Orden Judicial, provocando incluso su vencimiento por falta de reasignación a otro paciente o por no proceder al canje correspondiente.

Observación 37: El Ministerio de Salud compró medicamentos oncológicos por G. 177.434.637.210, bajo el OG 915 – Gastos Judiciales, que debieron formar parte del Listado de Insumos Médicos Esenciales (LIME) del Incan, y debieron ser adquiridos oportunamente a través de procesos licitatorios bajo el OG 352 “Productos Farmacéuticos y Medicinales”.

Observación 38: Se desconoce el destino de 4 ampollas del medicamento Nivolumab 100mg, Lote: ABZ3086, Vto. 30/04/23, compradas bajo el OG 915 – Gastos Judiciales por G. 85.816.000.

Observación 39: Medicamentos oncológicos adquiridos mediante Resoluciones Judiciales por G. 11.136.765.000, de presupuesto del Incan, carecían de nota de remisión del proveedor.

Observación 40: Inconsistencias documentales en los legajos de pagos del OG 915 – Gastos Judiciales (Amparos) correspondientes a la adquisición de medicamentos, por G. 1.759.499.280.

Observación 41: Incumplimiento en cuanto a la documentación y requisitos para el redireccionamiento de medicamentos oncológicos comprados por el OG 915 Gastos Judiciales, en cumplimiento de Resoluciones Judiciales (Amparos).

Observación 42: El Incan tenía medicamentos oncológicos vencidos por un valor de G. 5.497.255.313.

Observación 43: Medicamentos oncológicos vencidos, por G. 2.246.874.000 adquiridos con el OG 915 – Amparos Judiciales, fueron recepcionados con vencimiento menor a 12 meses por la Dirección General de Gestión de Insumos Estratégicos en Salud, sin embargo, en algunos casos no se presentaron las Cartas de Compromiso de Canje y en otros, aunque se presentaron, no se realizó el canje.

Observación 44: Las instalaciones del Incan no cumplían con las condiciones necesarias según los criterios de calidad de infraestructura, para la atención integral de personas con cáncer.

Observación 45: Insuficiente número de personal de salud para la atención de pacientes oncológicos, según lo informado durante la verificación in situ.

Fuente: Auditoría de desempeño – cumplimiento al Ministerio de Salud Pública (MSBPS). Informe final de la Contraloría General de la República (CGR), julio 2025.


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