Ley garrote anti-ONG: puntos controversiales según un abogado.

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El abogado Ezequiel Santagada manifestó que la reglamentación difundida por el Gobierno podría tener un impacto negativo en la libertad de expresión y la participación de las organizaciones civiles en el debate público.

De acuerdo con Santagada, el aspecto más relevante del decreto reglamentario es la definición de las organizaciones que se verán afectadas por la normativa, conocida coloquialmente como la “ley garrote anti-ONG”.

El abogado indicó que, al aclarar este concepto, muchas organizaciones quedarán excluidas del ámbito de aplicación de la ley, tal como ya lo preveía el texto original. “Hay una gran cantidad de ONG que no estaban incluidas por la ley. Sin embargo, al definir participación en políticas públicas, habrá otras que también estarán fuera”, comentó.

Santagada detalló que la reglamentación introduce tres incisos fundamentales dentro del artículo 4 del decreto, que definen la participación en políticas públicas. El primer inciso se refiere a las organizaciones que realizan o colaboran en actividades comprendidas en las competencias de los organismos del Estado, de acuerdo a convenios o acuerdos firmados con estos. En este sentido, el abogado argumentó que no hay grandes controversias, dado que este tipo de casos ya está regulado por la ley de acceso a la información pública.

“Cualquier entidad privada que posea un acuerdo con un ente estatal debe hacer público el presupuesto, así como los mecanismos de verificación y control. Esto no es responsabilidad de la ONG, sino del propio Estado. En este aspecto, el decreto no aporta novedades”, enfatizó.

Los problemas de la reglamentación

No obstante, el director de IDEA advirtió que los otros dos puntos del artículo podrían acarrear problemas de naturaleza constitucional. El segundo inciso considera como participación en políticas públicas la realización de “acciones públicas que contribuyan, influyan o incidan directamente en la aprobación de normas de alcance general”, tales como leyes, decretos u ordenanzas, incluso cuando dichas acciones se materializan a través de informes, comunicados o declaraciones públicas.


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